Recolección

Sólo podrán recolectarse los residuos que cumplan con el envasado, embalado y etiquetado o rotulado como lo establece la NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Los vehículos recolectores deben ser de caja cerrada y hermética, contar con sistemas de captación de escurrimientos, y operar con sistemas de enfriamiento para mantener los residuos a una temperatura máxima de 4°C (cuatro grados Celsius).

Además, los vehículos con capacidad de carga útil de 1,000 kg o más deben operar con sistemas mecanizados de carga y descarga.